Con el presente artículo pretendemos dar a conocer de forma muy esquemática los pasos que debes seguir tras un despido. Antes de empezar, desde AGS GRADUADOS recomendamos que contactes rápidamente con un laboralista ante estas situaciones.
Los despidos pueden ser previsibles e imprevisibles. En el caso de los despidos previsibles, tienes tiempo de contactar con un especialista en derecho laboral para que te asesore sobre como actuar y sobre las cantidades que te corresponden. Por lo que respecta a los despidos imprevisibles, al no tener tiempo de asesorarte, en el presente artículo te damos unas pautas que debes seguir para poder reclamar posteriormente en caso de incumplimiento por parte de la empresa. En el momento en el que te hacen entrega de la carta de despido, debes firmar como recibido no conforme o pendiente de revisión poniendo la fecha en la que te entreguen el documento. Debes hacer lo mismo con el finiquito. En ambos casos, coge una copia, así como también de tantos documentos como hayas firmado. Haciendo lo expuesto, no solo NO aceptas las cantidades que te proponen, sino que ganas tiempo para que un laboralista estudie tu situación y compruebe no solo si las cantidades que la empresa te propone son correctas, sino también si el despido está justificado o no. El hecho de firmar como recibido no conforme o pendiente de revisión no implica que la empresa no vaya a pagarte la indemnización o el finiquito, simplemente implica que te estás reservando el derecho a reclamar.
De modalidades de despidos hay varias, en función de la modalidad de despido te corresponderá una indemnización u otra. La indemnización no solo va asociada a la modalidad del despido sino también al salario diario y a la antigüedad.
La liquidación es la parte proporcional de las pagas extras generadas y no percibidas, y la parte proporcional de las vacaciones generadas y no disfrutadas (del año en curso).
No hay que confundir indemnización con finiquito, son cosas distintas.
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles, por lo que no hay tiempo que perder.
Las modalidades de despido pueden variar, como por ejemplo por defectos formales en el despido.
Una vez tienes toda la documentación, la carta de despido, la propuesta de finiquito, el certificado de empresa y el modelo 145, deberás asegurarte de que las cantidades que te ofrece la empresa sean correctas. Si son correctas, no deberás hacer nada más al respecto. De estar en desacuerdo con las cantidades que te propone la empresa, deberás empezar a redactar lo que se llama una papeleta de conciliación en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al del despido.
En los casos de despido, no puedes presentar una demanda directamente contra la empresa sino que debes de presentar una papeleta de conciliación previamente. Dicha papeleta de conciliación se debe de presentar en tiempo y forma y debes saber que todo lo que argumentes en ella será lo único que se podrá argumentar posteriormente en el caso de redactar una demanda, de modo que hay que tener mucho cuidado con lo que se pone en las papeletas de conciliación. (desde AGS GRADUADOS recomendamos que sea un laboralista el que redacte la papeleta de conciliación para mayor seguridad jurídica).
El siguiente paso tras presentar una papeleta de conciliación es esperar al día que te hayan citado para asistir al acto de conciliación. El acto de conciliación está previsto para intentar llegar a un acuerdo con la otra parte para no tener que continuar con el procedimiento. (desde AGS GRADUADOS recomendamos que acudas asistido por un GRADUADO SOCIAL o un ABOGADO LABORALISTA al acto de conciliación).
Si llegas a un acuerdo con la empresa, no deberás hacer nada más, mientras que si no llegas a un acuerdo, no te quedará otra opción que continuar con el procedimiento presentando una demanda ante el juzgado de lo social. En dicha demanda como ya hemos comentado anteriormente solo podrás argumentar lo previamente argumentado en la papeleta de conciliación.
Posteriormente empezarás con el procedimiento judicial, procedimiento al que deberás asistir con un GRADUADO SOCIAL o un ABOGADO LABORALISTA.
Es por todo ello que desde AGS GRADUADOS recomendamos que te informes rápidamente ante estos casos de despido, para que luego no surjan problemas con la prestación por desempleo, la indemnización, el finiquito, la modalidad de despido, etc., pues existe un plazo y un procedimiento para reclamar,y, de incumplir el plazo, por mucha razón que tengas, nada se podrá hacer al respecto.
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