En la presente entrada en el blog pretendemos dar a conocer el proceso de reconocimiento del grado de minusvalía / grado de discapacidad.
Cabe remarcar que el grado de discapacidad o el grado de minusvalía no es lo mismo que una incapacidad permanente.
Si bien no es lo mismo, son complementarios, de hecho aquellas personas que tengan reconocida una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente en grado de total, total cualificada, absoluta o gran invalidez se consideraran afectas por un grado de discapacidad igual al 33% a todos sus efectos, de modo que no es necesario solicitar el reconocimiento de la discapacidad o minusvalía. Si es necesario la solicitud del reconocimiento del mencionado grado de discapacidad/minusvalía para aquellas personas que consideren que pueden obtener un grado superior al 33%.
Dicho todo esto, el grado de discapacidad/minusvalía va dirigido a aquellas personas que presenten patologías congénitas o adquiridas que originen limitaciones permanentes, con restricción de la capacidad para realizar actividades de la vida diaria.
PASO 1
Recopilar documentación médica
Es el primer paso y a nuestro entender, el paso más importante, se trata del paso que te va a condicionar todo el procedimiento, de modo que con buena documentación médica el objetivo de conseguir un grado de minusvalía estará más cerca.
Desde AGS GRADUADOS recomendamos que sea un GRADUADO SOCIAL o bien un ABOGADO LABORALISTA quien te guíe en este primer paso.
El motivo por el cual recomendamos que sea un especialista el que te guíe es porque no todos los informes médicos son beneficiosos de cara a la consecución del grado de minusvalía/discapacidad, de modo que hay que realizarse pruebas médicas para objetivar las patologías que padeces y las limitaciones que estas te producen.
PASO 2
Iniciar el procedimiento
Se debe de solicitar al Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales una cita para pasar el reconocimiento del grado. En la cita debes aportar todos aquellos informes que previamente hayas recopilado.
PASO 3
Esperar una respuesta
Una vez has acudido al reconocimiento de grado de discapacidad/minusvalía, el organismo pertinente tienen que enviar una resolución en la que determinará el grado. Suelen tardar bastante en enviar dicha resolución.
PASO 4
Resolución
Una vez hayas recibido la resolución en el caso que estés de acuerdo con el grado reconocido, no hay que hacer nada más. En el caso que estés disconforme con la resolución, hay que presentar en tiempo y forma una reclamación previa ante Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales. Es muy importante que sea un especialista en derecho quien redacte dicha reclamación previa, pues en el caso de ser desestimada y tener que interponer una demanda en los Juzgados de lo Social solo se podrá alegar lo expuesto en la reclamación previa (también conocida como recurso).
PASO 5
Reclamación previa
Una vez has presentado una reclamación previa en tiempo y forma, hay que esperar la contestación por parte del ICASS. De estimar la reclamación previa, no hay que hacer nada más. En caso contrario, se terminaría la vía administrativa, de modo que solo cabría presentar una demanda en el juzgado de lo Social.
PASO 6
Demanda
Una vez desestimada la reclamación previa, se debe de presentar una demanda, que deberá ser redactada por un GRADUADO SOCIAL o un ABOGADO LABORALISTA, quedando pendientes de la fecha del juicio.
AGS GRADUADOS recomienda que vayas asistido por un experto desde el principio del procedimiento, para que puedas conseguir el mejor resultado, pues son muchos los que intentan por su parte conseguir el grado de minusvalía/discapacidad sin resultado, siendo luego más difícil de defender en la reclamación previa o en el juzgado.
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